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El Supremo aclara cuándo un autónomo con ingresos bajos debe darse de alta en RETA
El Tribunal Supremo vuelve a ordenar un debate que afecta a miles de autónomos y pensionistas con ingresos reducidos. En una reciente sentencia, aclara cómo se valora la habitualidad y cuándo un ingreso inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) exime realmente del alta.
En ocasiones, las normas parecen avanzarse
en silencio, sin estridencias, hasta que una sentencia las pone de nuevo bajo
el foco. Eso es exactamente lo que ha ocurrido con la cuestión de si un
trabajador por cuenta propia -en especial quienes compatibilizan su pensión con
pequeños ingresos- debe o no darse de alta en el RETA cuando su actividad
genera ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
El Tribunal Supremo (TS), en su sentencia
de julio de 2025, vuelve a ordenar el debate y deja varios mensajes muy claros
que conviene tener presentes.
1. Ingresos por debajo del SMI: ¿eximen
del alta?
El Supremo explica que, en general, tener
ingresos bajos no borra por sí mismo la habitualidad. Es decir, no se puede
afirmar que una actividad deja de ser habitual simplemente porque no supera el
SMI.
El tribunal recuerda algo que muchas veces
olvidamos: la habitualidad no es una cifra, es un comportamiento. No se mide
solo por el resultado económico, sino por cómo se desarrolla el trabajo:
continuidad, intención, organización y cierta vocación de actividad económica.
- Atención. Si usted realiza un
trabajo de forma continuada -aunque sea modesto-, este primer criterio
puede afectarle. No se fíe únicamente del nivel de ingresos.
2. El matiz decisivo: cuando el autónomo
es pensionista
Aquí es donde la sentencia introduce una
línea divisoria muy clara. Para un pensionista que realiza pequeños trabajos
por cuenta propia, el SMI sí se convierte en una frontera real.
El artículo 213.4 de la Ley General de la
Seguridad Social (LGSS) es explícito:
- Si los ingresos anuales netos no superan el SMI, el pensionista
no debe cotizar, y si no debe cotizar, no procede el alta.
- Y, al no existir obligación de cotizar, el propio mecanismo
jurídico conduce a que la actividad queda fuera del RETA en estos casos.
Este punto es especialmente relevante para
quienes realizan actividades puntuales o complementarias después de jubilarse.
- Atención. Si es pensionista y
obtiene ingresos pequeños (siempre netos), revise si realmente está
obligado a permanecer de alta. Podría no ser necesario.
3. Cómo deben calcularse los ingresos:
siempre netos
El Supremo se detiene en un detalle que la
propia Administración había interpretado de manera distinta: la comparación con
el SMI debe realizarse sobre ingresos netos, nunca sobre los brutos.
Es decir, se descuentan los gastos
necesarios de la actividad. Es coherente con la lógica del IRPF y evita una
distorsión evidente: nadie vive de su facturación, sino de lo que queda después
de cubrir los costes.
- Atención. Si está calculando el
límite con cifras brutas, puede estar sobreestimando su obligación. Los
gastos deducibles cuentan... y mucho.
4. Qué doctrina queda fijada tras la
sentencia
El Tribunal consolida definitivamente tres ideas:
- Ingresos inferiores al SMI no son un motivo automático para
negar la habitualidad, salvo en el caso de pensionistas.
- Para pensionistas, si los ingresos netos anuales no superan el
SMI, la regla es clara:
- No hay obligación de cotizar
- No procede el alta en RETA
- El cálculo de ingresos debe hacerse en términos netos, conforme
a la normativa fiscal.
Esta última precisión despeja una discusión
que llevaba años generando inseguridad jurídica.
- Atención. Si desarrolla una
actividad secundaria o complementaria, revise cómo está calculando sus
ingresos. Una sola cifra mal interpretada puede suponer una alta
indebida... o una baja incorrecta.
Si tiene dudas sobre su caso concreto, o si
necesita revisar su situación de alta en RETA para evitar problemas futuros con
la Seguridad Social, estamos a su disposición para revisarlo con detalle.
Pueden ponerse en contacto con este
despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al
respecto.
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APLAZAMIENTOS O DEUDAS CON HACIENDA
No todas las deudas con Hacienda requieren presentar aval. Existen supuestos en los que puedes aplazar pagos tributarios sin garantías, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Aplazar tus impuestos puede ser más fácil de lo que piensas deja que lo gestionemos por ti…Sabemos lo complicado que puede resultar llegar a final de mes cuando las cuentas no cuadran y, encima, aparece en el calendario un pago importante con Hacienda. No siempre se dispone de liquidez suficiente y, muchas veces, el banco tampoco ayuda con avales o líneas de crédito. Ante esa situación, conviene recordar que la propia Agencia Tributaria ofrece un respiro: los aplazamientos sin garantías.
¿Qué significa esto en la práctica?
Que tu empresa o tú, como autónomo, podéis aplazar determinadas deudas tributarias sin tener que presentar avales ni hipotecar bienes, algo que en la práctica supone ganar un poco de aire en la tesorería.
El límite que marca la ley es claro: hasta 50.000 € se puede pedir un aplazamiento automático, sin aval. Para empresas, el plazo máximo es de 12 meses; para autónomos, hasta 24 meses. Eso sí, Hacienda hace sus cálculos: suma todas las deudas pendientes que ya tengas aplazadas, salvo las que estén garantizadas. Si con esa suma te pasas del límite, ya no entrarías en este régimen más sencillo.
Ejemplo
Pongamos un caso concreto: una pequeña empresa de construcción, Reformas García, S.L., debía ingresar el IVA del segundo trimestre de 2025, unos 22.000 €. Además, tenía un aplazamiento en curso por retenciones de trabajadores de 14.000 €. Al solicitar un nuevo aplazamiento, la suma ascendía a 36.000 €, por lo que seguía dentro del límite de 50.000 €. Resultado: Hacienda aceptó el aplazamiento sin pedir aval, concediendo 12 mensualidades de 1.833 € cada una.
En cambio, si esa cifra hubiera sido de 52.000 €, habría sido necesario entrar en otro procedimiento más exigente: justificar con papeles que no había forma de conseguir aval bancario, acreditar que no se disponía de bienes libres de cargas y presentar un plan de viabilidad que demostrara la capacidad de pagar en el futuro.
Más allá de los 50.000 €
Cuando la deuda supera esa cifra, Hacienda no cierra la puerta, pero sí pide mucho más: balances de los tres últimos años, cuentas de resultados, incluso un informe de auditoría si lo hubiera. Y sobre todo, un plan de viabilidad que muestre que la falta de liquidez es puntual y que se podrá cumplir con los plazos. Aquí es donde suele ser clave la ayuda de una asesoría, porque hay que preparar bien los argumentos y la documentación.
Por qué es importante gestionarlo bien
Un aplazamiento mal presentado puede acabar en un rechazo, con el riesgo de que se inicie un procedimiento de embargo. Y cuando esto ocurre, el margen de maniobra se reduce drásticamente. En cambio, un aplazamiento bien planteado puede ser la diferencia entre respirar o asfixiarse financieramente.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
La jubilación masiva de los baby boomers (1946-1964) transformará España entre 2030 y 2040.
Los principales retos serán:
- Pensiones: la
sostenibilidad peligra al caer la ratio de trabajadores por jubilado a 1,6
en 2030 y 1,3 en 2040.
- Sanidad y
dependencia: crecerá mucho el gasto, pero también nacerán oportunidades en la silver
economy.
- Mercado
laboral: la jubilación de funcionarios y la baja natalidad obligan a
incorporar inmigración y modernizar plantillas.
- Herencias: la
transmisión patrimonial aumentará desigualdades y puede desestabilizar el
mercado inmobiliario.
En PIERA te ayudamos a anticipar cómo estos cambios
pueden afectar a tu empresa, tu patrimonio y tu futuro financiero.
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Los valores que nos impulsan adelante
Vuelta a la rutina con propósito
Septiembre siempre trae consigo una mezcla de sensaciones: dejamos atrás el
descanso del verano y nos preparamos para afrontar nuevos retos. Es un momento
perfecto para marcar el rumbo, fijar metas y, sobre todo, recordar qué nos
impulsa a seguir adelante.
En PIERA ASESORÍAS Y SERVICIOS creemos que no se trata solo de números,
leyes o trámites. Detrás de todo lo que hacemos hay una convicción firme: son
los valores los que nos guían y marcan la diferencia en cada paso.
El cliente, nuestra razón de ser
Si algo nos mueve cada día es la confianza que nuestros clientes depositan
en nosotros. Sabemos que detrás de cada empresa, de cada autónomo y de cada
familia hay sueños, esfuerzo y mucho trabajo. Por eso, nuestra misión va más
allá de resolver trámites: queremos dar tranquilidad, seguridad y acompañar de
manera cercana en cada decisión importante.
Profesionalidad y formación
constante
El mundo cambia a gran velocidad, y también lo hacen las normativas
fiscales, laborales y mercantiles. Por eso, nuestro equipo se forma de manera
continua para estar siempre al día y ofrecer un asesoramiento riguroso y
actualizado. Esa profesionalidad es la base de la confianza que generamos y del
servicio que nos gusta ofrecer: claro, resolutivo y práctico.
Cercanía y disponibilidad
No creemos en asesorías lejanas ni impersonales. Nuestra forma de trabajar
se basa en la proximidad real: estar cerca del cliente, escucharlo, entender
sus necesidades y darle respuestas a medida. Incluso nos desplazamos cuando es
necesario, porque sabemos que el valor del tiempo y la comodidad son
fundamentales en el día a día de nuestros clientes.
Innovación y eficiencia
La tecnología no sustituye el trato humano, pero sí lo potencia. Gracias a
las herramientas digitales —presentación telemática de impuestos, sistema RED,
gestiones online— conseguimos que los trámites sean más rápidos, cómodos y
seguros. Esto nos permite dedicar más tiempo a lo que realmente importa: dar
soluciones personalizadas y estratégicas.
Un enfoque integral hacia el
éxito
En PIERA ASESORÍAS Y SERVICIOS acompañamos a pymes, autónomos y
particulares en todos los aspectos de su actividad: fiscal, laboral, contable,
mercantil e incluso jurídico. Nuestra visión es integral porque creemos que el
éxito se construye con una base sólida en todas las áreas. Ayudar a que
nuestros clientes generen riqueza y crezcan de manera sostenible es, sin duda,
uno de nuestros mayores orgullos.
En definitiva: los valores que
marcan la diferencia
Cada septiembre representa un nuevo comienzo. Y en PIERA ASESORÍAS Y
SERVICIOS lo afrontamos con la certeza de que nuestros valores —compromiso,
profesionalidad, cercanía, innovación y visión integral— son los que nos
permiten avanzar y acompañar a nuestros clientes en su camino.
Porque más allá de la gestión, lo que ofrecemos es confianza. Y eso es lo
que realmente impulsa cualquier proyecto hacia adelante.






