Una de las más habituales soluciones adoptadas por las
parejas que se divorcian o se separan y cuentan con una hipoteca a medias es
las disolución del condominio y adjudicándose una de las partes la copropiedad
de la otra parte.
Como copropiedad debemos entender la propiedad compartida de
un bien entre dos o más personas.
Este supuesto también sucede en copropiedades compartidas
por dos o más personas en el supuesto de que una de ellas ceda a una o a las restantes su parte de la propiedad bien
gratuitamente o mediante compensación económica.
En ambos supuestos consiste en quitar al saliente la
cotitularidad de la propiedad y para formalizarlo se realiza mediante escritura
ante Notario y debe inscribirse a o los nuevo/s titulares en el Registro de la
Propiedad.
Pero que sucede con la Hipoteca , que problemas podemos
tener con la entidad financiera ?
1º. La extinción del condominio, no afecta ni es vinculante
para la entidad financiera que concedió la Hipoteca, es decir a la entidad
financiera no le importa quién es el nuevo titular de la propiedad, lo que importa
es el titular de la Hipoteca.
En muchos casos esto no se tiene en cuenta y se continúa pagando la hipoteca sin más y el problema surge cuando la hipoteca deja de pagarse.
Es importante y conveniente que quien cede su parte de la propiedad sepa que si la entidad financiera no ha cambiado la titularidad de hipoteca puede tener problemas graves si esta deja de pagarse.
En muchos casos esto no se tiene en cuenta y se continúa pagando la hipoteca sin más y el problema surge cuando la hipoteca deja de pagarse.
Es importante y conveniente que quien cede su parte de la propiedad sepa que si la entidad financiera no ha cambiado la titularidad de hipoteca puede tener problemas graves si esta deja de pagarse.
2º. Es bastante habitual que la entidad financiera no acepte
cambiar la titularidad de la hipoteca sin pedir nada a cambio y aproveche para:
a)
Revisar y aumentar el tipo de interés
b)
Solicitar más garantías ( un nuevo aval )
En el supuesto de separaciones o divorcio es posible que la
entidad financiera no acepte el cambio de dos titulares a uno solo porque el
nuevo titular no ofrece garantías que demuestren su capacidad de pago o no
pueda aportar más garantías ( el nuevo
aval solicitado)
Es muy importante antes de firmar la escritura de cesión o
de compra-venta, asegurarse de que el banco aceptara los cambios en la
titularidad de la hipoteca porque en el supuesto de que esta se realice sin el
conocimiento o el consentimiento de la entidad financiera la persona que haya
cedido su parte en la propiedad se puede encontrar con que continua siendo
titular de una Hipoteca sobre una propiedad que ya no le pertenece.
Aconsejamos que antes de ceder la titularidad de su
parte en la propiedad gravada con una Hipoteca se asesore, en nuestro despacho
tenemos la asesoría jurídica a disposición de nuestros clientes para ampliarles
esta información y ayudarles www.asesoriapiera.com