CUOTA DE AUTÓNOMOS 2016

  • Cuota de autónomos 2016La base mínima de cotización sube el 1%  y queda establecida en 893,10 euros mensuales, por lo que la cuota mínima mensual es de 267,04 euros, La cuota mínima de los autónomos societarios queda en  318 € mensuales . La base máxima de cotización queda establecida en  3.642 euros mensuales.

  • CUADRO BASES MINIMAS Y MAXIMAS SEGÚN SITUACION

        Autónomos 2016

    Base mínima
    (euros/mes)
    Base Máxima
    (euros/mes)
    Con carácter general
    893,10
    3.642,00
    Trabajadores con menos de 47 años en 01.01.2016
    893,10
    3.642,00
    Trabajadores autónomos con 47 años el 01.01.2016 y que, en diciembre de 2015, viniesen cotizando por una base igual o superior a 1.945,80 euros/mes
    893,10
    3.642,00
    Trabajadores autónomos con 47 años el 01.01.2016 y que, en diciembre de 2015, viniesen cotizando por una base inferior a 1.945,80 euros/mes, pero que ejerzan opción por una base superior antes del 30.06.2016
    893,10
    3.642,00
    Trabajadores autónomos con 47 años el 01.01.2016 y que se hubiese dado de alta en el RETA con 45 o más años, como consecuencia del fallecimiento del cónyuge titular de establecimiento>
    893,10
    3.642,00
    Trabajadores autónomos con 47 años el 01.01.2016 y que, en diciembre de 2015, viniesen cotizando por una base inferior a 1.945,80 euros/mes, sin que ejerzan opción por otra base antes del 30.06.16
    963,30
    1.964,70
    Trabajadores autónomos con 48 o más años de edad, el 01.01.2016
    963,70
    1.964,70
    Trabajadores autónomos con 48 o más años el 01.01.16, que se hubiesen dado de alta en el RETA con 45 o más años, como consecuencia del fallecimiento del cónyuge titular de establecimiento.
    893,10
    1.964,70
    Trabajadores autónomos que, antes del cumplimiento de los 50 años, hubiesen cotizado a la Seguridad Social 5 o más años y con una base de cotización, en diciembre 2015, igual o inferior a 1.945,80 euros/mes.
    893,10
    1.964,70
    Trabajador que, antes del cumplimiento de los 50 años, hubiese cotizado a la Seguridad Social, 5 o más años y con una base de cotización, en diciembre 2015, superior a 1.945.70 euros/mes
    893,10
    1.964,70
    Trabajador autónomo con 48 o 49 años que, antes del 30.06.2015, hubiesen ejercitado la opción de una base de cotización en dicho ejercicio superior a 1.945,60
    893,10
    La base anterior incrementada en el 1%
    Trabajador autónomo con 10 o más trabajadores a su servicio o los que le sea de aplicación la disposición adicional 27ª de la LGSS
    Base mínima Grupo 1º Reg. General
    La base máxima que corresponda en función de la edad y otras circunstancias


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