- Cuota de autónomos 2016. La base mínima de cotización sube el 1% y queda establecida en 893,10 euros mensuales, por lo que la cuota mínima mensual es de 267,04 euros, La cuota mínima de los autónomos societarios queda en 318 € mensuales . La base máxima de cotización queda establecida en 3.642 euros mensuales.
CUADRO BASES MINIMAS Y MAXIMAS SEGÚN SITUACION
Autónomos 2016
Base mínima(euros/mes)Base Máxima(euros/mes)Con carácter general893,103.642,00Trabajadores con menos de 47 años en 01.01.2016893,103.642,00Trabajadores autónomos con 47 años el 01.01.2016 y que, en diciembre de 2015, viniesen cotizando por una base igual o superior a 1.945,80 euros/mes893,103.642,00Trabajadores autónomos con 47 años el 01.01.2016 y que, en diciembre de 2015, viniesen cotizando por una base inferior a 1.945,80 euros/mes, pero que ejerzan opción por una base superior antes del 30.06.2016893,103.642,00Trabajadores autónomos con 47 años el 01.01.2016 y que se hubiese dado de alta en el RETA con 45 o más años, como consecuencia del fallecimiento del cónyuge titular de establecimiento>893,103.642,00Trabajadores autónomos con 47 años el 01.01.2016 y que, en diciembre de 2015, viniesen cotizando por una base inferior a 1.945,80 euros/mes, sin que ejerzan opción por otra base antes del 30.06.16963,301.964,70Trabajadores autónomos con 48 o más años de edad, el 01.01.2016963,701.964,70Trabajadores autónomos con 48 o más años el 01.01.16, que se hubiesen dado de alta en el RETA con 45 o más años, como consecuencia del fallecimiento del cónyuge titular de establecimiento.893,101.964,70Trabajadores autónomos que, antes del cumplimiento de los 50 años, hubiesen cotizado a la Seguridad Social 5 o más años y con una base de cotización, en diciembre 2015, igual o inferior a 1.945,80 euros/mes.893,101.964,70Trabajador que, antes del cumplimiento de los 50 años, hubiese cotizado a la Seguridad Social, 5 o más años y con una base de cotización, en diciembre 2015, superior a 1.945.70 euros/mes893,101.964,70Trabajador autónomo con 48 o 49 años que, antes del 30.06.2015, hubiesen ejercitado la opción de una base de cotización en dicho ejercicio superior a 1.945,60893,10La base anterior incrementada en el 1%Trabajador autónomo con 10 o más trabajadores a su servicio o los que le sea de aplicación la disposición adicional 27ª de la LGSSBase mínima Grupo 1º Reg. GeneralLa base máxima que corresponda en función de la edad y otras circunstancias
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