La deuda subordinada son títulos valores de renta fija con rendimiento explícito emitidos normalmente por entidades de crédito que ofrecen una rentabilidad mayor que otros activos de deuda. Sin embargo, esta mayor rentabilidad se logra a cambio de perder capacidad de cobro en caso de extinción y posterior liquidación de la sociedad -la quiebra o bancarrota-, ya que está subordinado el pago en orden de prelación en relación con los acreedores ordinarios.
Esto quiere decir que, en caso de quiebra de la sociedad, primero cobrarán los acreedores ordinarios y luego, si queda un remanente en los activos, podrán cobrar los poseedores de este tipo de deuda.
La deuda subordinada es un producto que cotiza en un mercado secundario. Esto significa que, si queremos recuperar nuestro dinero antes de que acabe el plazo (suelen ser largos, a más de 5 años) tendremos que venderlo en este mercado, con lo que es muy probable que perdamos parte del capital. Por tanto, en las obligaciones subordinadas el capital no está garantizado en caso de cancelación anticipada, o lo que es lo mismo, tiene baja liquidez.
En el caso de las entidades de crédito esta deuda es considerada, junto a las participaciones preferentes, un instrumento híbrido de capital
Uno de los factores que más preocupa en estos tiempos es el riesgo de la inversión. Pues bien, en el caso de las obligaciones subordinadas, hay que tener en cuenta que existe un riesgo vinculado directamente a la solvencia de la entidad, por lo que tendremos que elegir bien en qué banco se hace la operación...
Existe un doble riesgo especial por parte de las obligaciones subordinadas:
1. No están cubiertas por el Fondo de Garantía de Depósitos
2. Es deuda de peor calidad que bonos ordinarios o pagarés, por lo que en caso de quiebra de la entidad, los tenedores de subordinadas estarían por detrás de éstos en el orden de prelación
¿Esto qué significa? Pues que si la entidad quiebra, primero cobrarían los titulares de cuentas y depósitos, bonos, pagarés y deuda ordinaria en general, y si queda algo cobrarían los tenedores de obligaciones subordinadas. En el orden de prelación, sólo quedarían por detrás de las subordinadas los propietarios de participaciones preferentes y de acciones.
En definitiva, las obligaciones subordinadas son productos con una rentabilidad atractiva, pero que pueden acabar haciéndonos perder una cantidad importante de dinero si:
(1) No elegimos bien el banco o
(2) Necesitamos el dinero de vuelta antes de finalizar el plazo pactado.
Consejo: Consulte antes de hacer una imposición o inversión con un profesional independiente.No se quede solo con la opinión de empleados o Directivos de las entidades Financieras. La asesoria financiera independiente, trabaja para el cliente.
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