DECLARACION DE RENTA 2014 –Pensionistas-cobro de pensiones del exterior.

Recordamos que si Ud. cobra una pensión de otro país  por haber trabajo en el extranjero, debe incluirla también en su declaración de IRPF de este año 2014.

Y además, hay que tener en cuenta que la Ley 26/2014 de 27 de noviembre establece un procedimiento excepcional hasta 30 de junio de 2015 para regularizar la falta de tributación de las pensiones del extranjero sin aplicación de recargos, intereses o sanciones: «Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que hubieran percibido pensiones procedentes del exterior sujetas a tributación por dicho impuesto, de acuerdo con la normativa vigente, y no hubieran declarado tales rendimientos en los períodos impositivos cuyo plazo de declaración en período voluntario hubiera concluido a la fecha de entrada en vigor de esta disposición, podrán regularizar su situación tributaria sin exigencia de recargos, intereses ni sanciones, mediante la presentación de autoliquidaciones complementarias en los términos previstos en este apartado. La regularización se efectuará desde la entrada en vigor de esta disposición hasta el 30 de junio de 2015, siendo este plazo improrrogable, mediante la presentación e ingreso de una autoliquidación complementaria por cada uno de los periodos impositivos no prescritos, incorporando los rendimientos correspondientes a la totalidad de las pensiones percibidas procedentes del exterior sujetas a tributación de acuerdo con la normativa vigente y que no fueron declaradas en los correspondientes períodos voluntarios de declaración».

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Siempre a favor del comprador

Somos un personal shopper en el sector de bienes raíces, huimos del conflicto de intereses que tienen las inmobiliarias tradicionales.
tuasesor.net acompaña a los clientes en la adquisición de cualquier bien o activo inmobiliario (vivienda, locales, naves, terrenos  o  negocios), buscando, encontrando, negociando y cerrando siempre la mejor opción para el comprador. Siempre nos posicionamos en el lugar del comprador, es lo que nos diferencia. No tenemos stock, nuestros honorarios no se basan en un porcentaje sobre el precio final de la operación. Siempre trabajamos y buscamos lo que nos pida el cliente.

El proceso de compra y de una nueva inversión  hace necesario que el  comprador tenga a un profesional experto y cualificado  de su parte que le asista en el proceso de adquisición de un bien ,inmueble o de su futuro negocio, la complejidad del proceso, el análisis, la verificación , la fiscalidad , la financiación y posibles riesgos hacen que nuestros servicios sean requeridos por el comprador  de bienes raíces  en general, particulares, empresarios, inversores , que entienden y valoran lo que en un proceso de compra aporta la ayuda de un experto profesional, son nuestros clientes.
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POSIBILIDAD DE MODIFICAR LA BASE DE COTIZACION PARA LOS AUTONOMOS

Antes del 1 de mayo, tenemos la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar, dentro de los límites establecidos según su edad.
Si está interesado en modificar su base o cuota (con la finalidad de aumentar la base de cálculo de la jubilación o la baja de incapacidad temporal), deberá hacerlo antes del próximo día 30 de abril de 2015.


Importante destacar que los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2015, tengan 47 años de edad y cotizan en el RETA por una base inferior a 1.926,60 € mensuales no podrán elegir una base superior a 1.945,80 €, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2015.


Todas estas modificaciones tendrán efectos a partir del 1 de julio de 2015.

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ALGUNOS ASPECTOS INCLUIDOS EN EL PLAN DE CONTROL TRIBUTARIO PARA EL AÑO 2015


Se ha publicado la resolución de 9 de marzo de 2015,
de la Dirección general de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, por la cual se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2015.


Las principales actuaciones previstas por este año 2015 son:

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Próxima convocatoria TALLER DE EMPRESA

Cuatro horas es la duración del TALLER DE EMPRESA dirigido a Emprendedores, jovenes y nuevos Empresarios ó Profesionales que deciden por primera vez empezar una nueva actividad por cuenta propia.
Conozca todas la obligaciones Fiscales,contables,laborales,administrativas y otros puntos importantes antes de empezar su nueva actividad.

Lugar de celebración : ASESORIA PIERA
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Declaración de IRPF y PATRIMONIO ejercicio 2014, fecha de inicio de campaña.

El 7 de abril  se inicia la Campaña de Renta del año 2014, este año, empezará prácticamente una semana más tarde de lo habitual, según el calendario de la Agencia Tributaria a consecuencia de las vacaciones de semana santa.
   Los contribuyentes podrán solicitar el borrador o los datos fiscales a través de su sede electrónica, a la que se puede acceder mediante del portal de la Agencia en internet (www.agenciatributaria.es).
   La declaración presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, este año no empezará hasta el 11 de mayo. La Campaña se extenderá hasta el 30 de junio.
Aconsejamos a nuestros clientes que no demoren la obtención de la documentación necesaria para confeccionar su declaración.
En caso de dudas, adelante en lo posible su visita, nuestros profesionales les atenderán previa reserva de hora para su visita llamando al Tfno. 93 379 57 04
QUIÉNES TIENEN QUE DECLARAR.
   Se mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros), y en 11.200 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.
   Sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aun teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad