El Convenio de Doble Imposición (CDI) que los gobiernos de Andorra y España
firmaron el pasado enero de 2015 entrará
finalmente en vigor el 26 de febrero de 2016, según ha anunciado el Ministerio
de Hacienda y Administraciones Públicas español.
Este convenio permite que las empresas y residentes de los países
integrantes del acuerdo saquen partido de beneficios fiscales, puesto que se
evita que en una misma cifra de beneficios se imponga un doble tributo impuesto
por cada estado. Sin este convenio, los residentes españoles y andorranos (y
también los franceses, gracias al convenio con el país que también entrara en
vigor en 2016) que reciban beneficios de su actividad profesional o de ingresos
producidos en los países integrantes del acuerdo, las empresas que llevan a
cabo transacciones con otras compañías a escala internacional y cualquier otra
actividad económica acontecida entre ambos países verían como a sus rentas les
sería impuestos tributos los mismos tributos por parte de cada estado. Así, el
CDI permite dinamizar las actividades económicas y comerciales entre España y
Andorra, ya que las partes implicadas no verán entorpecida su actividad
habitual por tener que abonar un porcentaje elevado en términos de gravámenes
en sus beneficios.
El acuerdo resulta especialmente adecuado para compañías o profesionales
vinculados con el sector IT, ventas, comercio internacional o gestión de
intangibles, puesto que son los ámbitos que, al fin y al cabo, realizan más
acciones a escala internacional y que están expuestos a una doble imposición
por parte de los dos estados.
Este acuerdo resulta beneficioso, por un lado, a esas empresas y ciudadanos
tanto de un estado como del otro que tengan negocios en ambos territorios y,
por el otro, para profesionales españoles con la intención de crear una empresa
en Andorra. El CDI abre la puerta a esos inversores que quieran aprovechar las
ventajas fiscales del país de los Pirineos. Si bien España presenta un Impuesto
de Sociedades entre 25% y 30%, un IVA del 21% y un IRPF del 45%, en Andorra
estos índices corresponden a un 10%, un 4’5% y de un 10%, respectivamente; unas
diferencias de más de de la mitad de puntos porcentuales que hacen muy
atractiva la creación de empresas en Andorra. Para disfrutar de las ventajas de
la fiscalidad andorrana, se tendrá que contar con la residencia fiscal.
Asimismo, la calidad de vida en Andorra es de las más elevadas de Europa,
debido al alto nivel de ingresos per cápita, al bajo índice de criminalidad, al
bajo coste de vida en comparación con otras naciones europeas con fiscalidades
reducidas y a su sistema público sanitario y educativo plurilingüe. Andorra es
además de los pocos países del mundo que cuenta con un 100% de cobertura de
fibra óptica en todo el territorio.
El CDI también incluye un artículo en el que se establecen elementos para
facilitar el intercambio de información fiscal entre ambos países, ampliando
los puntos fijados en el acuerdo que los dos estados firmaron en enero de 2010.
De acuerdo con estas especificaciones, entre otras potestades, ahora Hacienda
podrá solicitar al Gobierno Andorrano no sólo información sobre requerimientos
individuales, sino también grupales (pedir información sobre una serie de
ciudadanos españoles que cuenten con un mismo producto financiero en un banco
del Principado y que puede que no se haya declarado al gobierno español),
además de pedir identificación del individuo del que se solicitan datos.
Más información en >www.asesoriapiera.com
Otros temas de interes > http://tuasesornet.blogspot.com.es/2015/12/declaracion-de-bienes-y-derechos-en-el.html
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