La Agencia Tributaria (AEAT) ha puesto nuevamente en
su punto de mira a autónomos y sociedades obligados a tributar el IVA y Sociedades. De esta
forma, los profesionales por cuenta propia y las pymes podrian recibir una carta avisando de su intención de cruzar datos de sus cuentas bancarias, tanto
de las que son titulares como de las que tienen autorización, con las
declaraciones del pasado ejercicio, 2016.
Aunque se trata de un procedimiento novedoso Hacienda
advierte de que estas revisiones se realizarán solo cuando se detecten incoherencia
en los importes declarados. La AEAT
anuncia visitas para realizar comprobaciones y regularizar la situación.
Incoherencias tributarias
El motivo principal para recibir una de estas misivas
es el descuadre en
los ingresos declarados en tu Renta
2016 y en tus declaraciones de IVA también del pasado año.
La señal de alarma sobre infradeclaración de ingresos
la dará la falta de coincidencia en los resultados al comparar los modelos
trimestrales de IVA e IRPF, 303 y 130, con sus correspondientes modelos
anuales, 390 y 190.
Esta notificación no asegura infracción fiscal, tan
solo se trata de un toque de atención. Eso sí, tendrás que estar preparado para
una posible visita en la que tendrás que aportar los documentos
justificativos.
Actuaciones por parte de la AEAT
Son muchas las acciones que van a llevar a cabo,
algunas de ellas son:
- Visitas a comercios y negocios a pie de calle. Podrán solicitar los datos del programa informático
para cotejar con las declaraciones presentadas.
- Revisión de los gastos de explotación para comprobar que son necesarios para la actividad y no gastos
“personales”, y por lo tanto deducibles.
- También comprobarán los ingresos/abonos bancarios para cotejar con los ingresos declarados, etc.
Seguimiento de tus cuentas y
movimientos bancarios
Hacienda y tu banco mantienen una relación bastante
fluida, especialmente, cuando llega la presentación de la Renta, momento en que
la entidad con la que operas facilita tu saldo en cuenta al final del ejercicio reflejando también intereses y retenciones.
Además, conforme a Ley General Tributaria, tu banco
tiene la obligación de dar parte de algunas de tus operaciones, pagos e
ingresos. Cuáles son:
- Transacciones con billetes de 500 euros con el
objetivo de evitar el blanqueo de dinero
- Operaciones que excedan los 10.000 euros
- Pagos y cobros de más de 3.000 euros en efectivo.
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