Nos encontramos en momentos
difíciles, y son muchas las familias que han sufrido la pérdida de alguno de
sus seres queridos. Queremos darles apoyo y acompañar a todos nuestros clientes
en su ámbito personal y familiar, prestándoles todo el soporte que estos
acontecimientos requieren.
Seguro que nos surgen muchas
preguntas y nos encontramos con situaciones que nos inquietan, desconociendo
las posibles consecuencias negativas que nos puede ocasionar el no dar
cumplimiento a la legalidad vigente.
Sin embargo, queremos
tranquilizarles e informarles que la Generalitat de Cataluña, publicó el Real
Decreto 7/2020, el pasado 19 de marzo, en virtud del cual, entre otras medidas,
fueron suspendidos los plazos de presentación e ingresos de tributos, entre
ellos el Impuesto de Sucesiones, mientras dure la declaración del estado de
alarma.
No obstante, se mantiene por
parte del Ayuntamiento de El Prat, y de otros, el plazo para la presentación
del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana
(plusvalía), pese a que el pago quedará paralizado y no será obligatorio
realizarlo hasta que no finalice el estado de alarma.
Además, es de suma importancia
determinar las valoraciones de los bienes inmuebles que forman parte de la
herencia, para que no podamos tener desagradables sorpresas en el momento de
formalizar la declaración del Impuesto sobre la Renta.
También es posible, y más en
estos momentos, que podamos necesitar disponer de los saldos bancarios o poder
cobrar operaciones de seguro de vida con la mayor celeridad posible, sin tener
que esperar a que se levante el estado de alarma.
Consulte con su asesor
www.asesoriapiera.com
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