Personal shopper inmobiliario - nuevo servicio a partir de septiembre 2012

Un nuevo servicio a disposición de nuestros clientes Un personal shopper es un asesor que ayuda a otras personas (clientes) a elegir y comprar Ayudamos al cliente ,en todo lo necesario a la hora de buscar una vivienda ó un local de negocio, tanto en compra como en alquiler: desde localizar el inmueble más idóneo, hasta ocuparnos de las gestiones adicionales como trámites legales y financieros", Consultenos, estamos a su disposición. piera@tuasesor.net Ver más aqui >>>>

¿Qué es y que sucede con la deuda subordinada?


La deuda subordinada son títulos valores de renta fija con rendimiento explícito emitidos normalmente por entidades de crédito que ofrecen una rentabilidad mayor que otros activos de deuda. Sin embargo, esta mayor rentabilidad se logra a cambio de perder capacidad de cobro en caso de extinción y posterior liquidación de la sociedad -la quiebra o bancarrota-, ya que está subordinado el pago en orden de prelación en relación con los acreedores ordinarios. Esto quiere decir que, en caso de quiebra de la sociedad, primero cobrarán los acreedores ordinarios y luego, si queda un remanente en los activos, podrán cobrar los poseedores de este tipo de deuda. La deuda subordinada es un producto que cotiza en un mercado secundario. Esto significa que, si queremos recuperar nuestro dinero antes de que acabe el plazo (suelen ser largos, a más de 5 años) tendremos que venderlo en este mercado, con lo que es muy probable que perdamos parte del capital. Por tanto, en las obligaciones subordinadas el capital no está garantizado en caso de cancelación anticipada, o lo que es lo mismo, tiene baja liquidez. En el caso de las entidades de crédito esta deuda es considerada, junto a las participaciones preferentes, un instrumento híbrido de capital Uno de los factores que más preocupa en estos tiempos es el riesgo de la inversión. Pues bien, en el caso de las obligaciones subordinadas, hay que tener en cuenta que existe un riesgo vinculado directamente a la solvencia de la entidad, por lo que tendremos que elegir bien en qué banco se hace la operación... Existe un doble riesgo especial por parte de las obligaciones subordinadas: 1. No están cubiertas por el Fondo de Garantía de Depósitos 2. Es deuda de peor calidad que bonos ordinarios o pagarés, por lo que en caso de quiebra de la entidad, los tenedores de subordinadas estarían por detrás de éstos en el orden de prelación ¿Esto qué significa? Pues que si la entidad quiebra, primero cobrarían los titulares de cuentas y depósitos, bonos, pagarés y deuda ordinaria en general, y si queda algo cobrarían los tenedores de obligaciones subordinadas. En el orden de prelación, sólo quedarían por detrás de las subordinadas los propietarios de participaciones preferentes y de acciones. En definitiva, las obligaciones subordinadas son productos con una rentabilidad atractiva, pero que pueden acabar haciéndonos perder una cantidad importante de dinero si: (1) No elegimos bien el banco o (2) Necesitamos el dinero de vuelta antes de finalizar el plazo pactado. Consejo: Consulte antes de hacer una imposición o inversión con un profesional independiente.No se quede solo con la opinión de empleados o Directivos de las entidades Financieras. La asesoria financiera independiente, trabaja para el cliente.

IVA cambios a partir de 1 septiembre 2012

Para facilitar a nuestros clientes la adaptacion a los cambios en el IVA , que a partir del 1 de septiembre de 2012 deberan aplicar,incluimos en los siguientes enlaces información de utilidad.
Nuevos tipos impositivos en el IVA a partir de 1 de septiembre de 2012 Hacer clic aqui >>>> y baja archivo pdf (tarda un poco por su peso) Nota sobre diversas cuestiones planteadas ante el cambio de tipos impositivos en el Impuesto sobre el Valor Añadido Hacer clic aqui >>>> baja archivo pdf (tarda un poco por su peso)

VENTAJAS Y CONVENIENCIA DE OTORGAR TESTAMENTO

¿Por qué elaborar un testamento? El testamento es el acto por el que una persona física declara su voluntad y efectúa una serie de disposiciones sobre su persona y sus bienes para el momento en que se produzca su fallecimiento, designa sus herederos, aún que hay varias clases de testamento el más utilizado es el testamento público ante notario es un instrumento que permitirá preservar nuestro patrimonio de la mejor manera y otorgar seguridad jurídica a aquellas personas a las que deseamos beneficiar para después de nuestra muerte. ¿Cuáles son las ventajas de un testamento? De entre las ventajas de otorgar testamento se destacan las siguientes: Refleja la voluntad del testador, no dejando en manos de un tercero la designación de los herederos que se verán beneficiados con el patrimonio de la persona fallecida. Permite que el testador beneficie a las personas que el mismo ha considerado idóneas. Asegura jurídicamente que se realice una transmisión ágil y eficaz del patrimonio del testador a los herederos designados, cuando ocurra la muerte de aquél. Evita conflictos y discusiones sin sentido, pues la Ley dispone que deba respetarse la voluntad del testador expresada en el testamento. Facilita la sucesión y ahorra tiempo Recomendación: Aconsejamos acudir al Notario y otorgar testamento, comentar son él su voluntad y dejarse aconsejar, su coste es reducido y las ventajas son muchas. En nuestro despacho www.asesoripiera.com podemos ayudar a planificar su sucesión

El Gobierno prohíbe pagar en efectivo más de 2.500 euros a los empresarios y autónomos

El Gobierno ha fijado una multa mínima de 10.000 euros para aquellos contribuyentes que no declaren sus cuentas en el extranjero, a los que se sumarán 5.000 euros por cada dato que se descubra y que no haya sido comunicado por el contribuyente. Esta es una de las medidas que incluye el proyecto de ley de lucha contra el fraude fiscal que ha aprobado este viernes el Consejo de Ministros, tal y como ha adelantado la vicepresidenta y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. El proyecto establece la obligación de comunicar las "cuentas, valores, títulos, rentas o bienes inmuebles" en el extranjero y si no han sido declaradas y son descubiertas por Hacienda no prescribirán y serán imputadas al ejercicio económico del año que se hayan descubierto. PAGOS SUPERIORES A 2.500 EUROS Otra de las medidas del proyecto de ley es la prohibición de realizar pagos en efectivo superiores a 2.500 euros en las operaciones en las que intervienen empresarios y autónomos. El límite no afectará a operaciones entre particulares y se elevará a 15.000 euros en el caso de pagadores no residentes. "Si se incumple la limitación tanto el que paga como el que recibe serán responsables solidarios de la infracción", ha dicho Sáenz de Santamaría, quien, sin embargo, ha recordado que si una de las partes pone en conocimiento de la Agencia Tributaria el pago no será sancionado. Por otro lado, el proyecto incluye modificaciones que afectan a los empresarios incluidos en el régimen de módulos, ya que se excluirán de la estimación objetiva las empresas con un volumen de rendimientos superior a 50.000 euros al año, siempre que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares. EL TURISMO, PRIORITARIO El Consejo de Ministros también ha aprobado el Plan Nacional e Integral de Turismo (PNIT) al que destinará en el periodo comprendido entre 2012 y 2016 entre 1.600 y 1.800 millones de euros con el fin incrementar la actividad turística y su rentabilidad, generar empleo, lograr unidad de mercado y mejorar el posicionamiento internacional. "Este plan tiene como objetivo mejorar la competitividad del sector turístico para que éste sea motor de impulso y uno de los sectores sobre los que se asiente la recuperación económica del país", ha destacado el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria. El Plan Nacional e Integral de Turismo consta de 28 medidas y 104 acciones y ha sido elaborado en los últimos seis meses por la Secretaría de Estado de Turismo a través del Instituto de Turismo de España (Turespaña), con la aportación de las comunidades autónomas, las organizaciones empresariales, los sindicatos y demás representantes del sector. Los pilares fundamentales sobre los que se asienta el Plan son la fuerza de la marca España, mediante su promoción coordinada; orientación al cliente; gestión encaminada a la fidelización de los mercados maduros; unidad de mercado, a través de la armonización de la legislación, y el fomento de la colaboración público-privada. www.asesoriapiera.com

Los 7 mandamientos que debe conocer un Emprendedor

Poner en marcha un negocio no es tarea fácil, todo emprendedor debe tener en cuenta 7 mandamientos, que detallamos a continuación. 1. Ley de Sociedades de Capital Es la norma básica que regula las sociedades limitadas y las anónimas. El emprendedor que inicie su actividad como sociedad en vez de como autónomo debe conocer esta ley para saber qué derechos y obligaciones tiene como socio y como administrador. En este último papel, además, el emprendedor deberá responder con su patrimonio si no actúa de acuerdo a la legislación. 2. Ordenanzas municipales sobre licencias de actividad El Ayuntamiento del municipio donde el emprendedor monte la empresa es el que regula el tema de las licencias. El local tiene que reunir una serie de requisitos y trámites para obtener la licencia. Si se opera sin ésta, el nuevo empresario puede enfrentarse al cierre del negocio y a multas. 3. Ley de Impuesto sobre Sociedades Es el tributo que paga el emprendedor que configura su actividad a través de una sociedad. Regula qué rendimientos del negocio están sujetos a este impuesto, qué deducciones y bonificaciones se pueden aplicar y cuál es el tipo impositivo. Es el impuesto equivalente al IRPF, pero para las empresas en forma de sociedad. Los empresarios individuales lo harán por el IRPF. 4. Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido Este impuesto tiene efectos sobre el consumidor final, pero también repercute en el emprendedor. Por un lado, en las facturas que emite y, por otro, en los recibos que tiene que pagar. El empresario hará balance cada tres meses de lo que ha recibido y lo que ha pagado en concepto de IVA. Si la cantidad es positiva, tendrá que ingresarla en Hacienda. Este concepto no debe utilizarse como un ingreso más de la actividad, sino como importe “prestado”. 5. Ley de marcas “La marca es un elemento que permite distinguir los productos o servicios de una empresa frente a los de su competencia y tener así un carácter diferenciador en el mercado. Proteger a tiempo el nombre comercial o la marca puede ser la mejor inversión para el futuro La solicitud y tramitación de los registros de marca en España se realizan ante la Oficina Española de Patentes y Marcas. A la hora de solicitar una marca o un nombre comercial es imprescindible especificar el tipo de producto o de servicio que se desea distinguir con esa marca. 6. Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de comercio electrónico (LSSI) Esta norma se aplica a todas las actividades que se realizan por medios electrónicos y tengan carácter comercial o persigan un fin económico. El sitio web debe estar adaptado y cumplir una serie de requisitos: tiene que constar el nombre del dominio de Internet, ofrecer información sobre la empresa, colaborar con las autoridades y retener los datos concernientes a comunicaciones electrónicas. 7. Ley de Protección de Datos El emprendedor que vaya a manejar datos personales de trabajadores, clientes y proveedores tiene unas obligaciones de información, de comunicación y protección de los datos frente al titular y la Agencia de Protección de Datos. Este organismo puede sancionar hasta con 600.000 euros el incumplimiento de esta ley. En www.asesoriapiera.com apoyamos a los emprendedores y tenemos varias formulas para ayudarles en sus comienzos,facilitando incluso la domiciliación de su empresa.

Nuevas formas de trabajar : El Coworking

El coworking (cotrabajo) es una manera de trabajar que permite que varios profesionales independientes de sectores distintos compartan una misma oficina o un mismo espacio de trabajo (con características similares a las de un café) donde se fomenta la colaboración, el trabajo en un espacio comunitario y multidisciplinario, y el networking. Los centros de coworking, destinados principalmente a profesionales de Internet, diseñadores, programadores, escritores, periodistas, etc., proporcionan, generalmente, un escritorio individual, acceso a internet y otros servicios. Con decenas de espacios ubicados en países como Estados Unidos, Reino Unido, Francia, España, Alemania, Australia, Argentina, entre otros, este tipo lugares es utilizado por profesionales nómadas que viajan por todo el mundo y llevan consigo sólo ordenadores portátiles para llevar a cabo su labor. Fuente: hacer clic aqui >>>>>>