Real Decreto 828/2013, de 25
de octubre
El BOE del sábado 26 de
octubre con entrada en vigor el día 1 de
enero 2014 nos incluye importantes modificaciones formales y registrales para
aquellos contribuyentes que quieran acogerse al nuevo régimen especial del
criterio de caja ,cuya regulación legal se ha aprobado recientemente en la Ley
14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores.
La principal novedad es el
desarrollo reglamentario del nuevo régimen especial del criterio de caja para
el IVA, incluido en la nueva Ley de Emprendedores, que permitirá a pymes y
autónomos, a partir del 1 de enero de 2014, aplazar el pago del impuesto hasta
que se cobre la factura. Con ello se sustituye el tradicional criterio de
devengo, normalmente vinculado a la facturación, por el de cobro.
A partir del 1 de enero de
2014 aumentan los requisitos y la importancia del cumplimiento puntual de las obligaciones registrales.
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