Pacto sucesorio, el mejor instrumentos para resolver conflictos y asegurar la continuidad de la empresa familiar

Planificar la sucesión es una de las preocupaciones que debemos resolver porque aún que nos sentimos jóvenes se nos plantean en vida problemas que pueden afectar la relación, la convivencia familiar y la continuidad de la empresa o negocio que tiene futuro y que nuestros hijos no muestran gran interés porque necesitan seguridad .

EXISTE , un instrumento muy útil pero todavía poco utilizado para dar solución al problema  : EL PACTO SUCESORIO.

¿Qué es un Pacto Sucesorio? Es un vehículo ideal para organizar la transmisión del patrimonio familiar, pues nos permite ordenar la herencia futura mediante un contrato en el que las partes pueden nombrar heredero y también realizar atribuciones particulares de herencia. Debe formalizarse necesariamente en escritura pública.
Sólo se admite en Navarra, Vizcaya, Aragón, Baleares , Galicia y Cataluña.
Por tanto, solamente podrán otorgar Pactos Sucesorios válidos las personas que tengan vecindad civil en alguno de los citados territorios. Para adquirir la vecindad civil no basta con residir en un territorio, hay que permanecer allí durante 2 años y declarar expresamente la voluntad de acogerse a esta vecindad; o bien residir durante más de 10 años, sin necesidad de efectuar ninguna manifestación.

Los pactos sucesorios, son un instrumento que sirve no sólo para nombrar heredero, sino para hacer atribuciones particulares de concretos bienes de la herencia a determinados beneficiarios y, asimismo, permiten establecer a los favorecidos:
1.    Cargas como la de cuidar y atender a alguno de los otorgantes o de terceros o asumir la obligación de ostentar el cargo de administrador en la empresa familiar,
1.    Determinada finalidad, como puede ser el mantenimiento y continuidad de una empresa familiar o la transmisión indivisa de un establecimiento profesional.
Del mismo modo, los pactos sucesorios son eficaces para prever que los integrantes de las segundas generaciones accedan a la empresa familiar a través de los pactos sucesorios que, en su caso, puedan firmar los hijos de los fundadores de la empresa familiar o para prever que en situaciones de crisis matrimonial sólo los hijos comunes de ambos lleguen a adquirir las acciones de la sociedad. De esta forma se garantiza que los hijos que puedan tener por separado los ex cónyuges no tengan acceso a la empresa familiar.
En consecuencia, los pactos sucesorios son un valioso instrumento a tener en cuenta para regular la sucesión de la empresa familiar y, por ello, es preciso que se asesore con un profesional para prefijar el destino de sus bienes y la continuidad del negocio.

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