Planificar la sucesión es una de las preocupaciones que debemos resolver
porque aún que nos sentimos jóvenes se nos plantean en vida problemas que
pueden afectar la relación, la convivencia familiar y la continuidad de la empresa
o negocio que tiene futuro y que nuestros hijos no muestran gran interés porque
necesitan seguridad .
EXISTE , un instrumento muy útil pero
todavía poco utilizado para dar solución al problema : EL
PACTO SUCESORIO.
¿Qué es un Pacto Sucesorio? Es un vehículo ideal para organizar la
transmisión del patrimonio familiar, pues nos permite ordenar la herencia
futura mediante un contrato en el que las partes pueden nombrar heredero y
también realizar atribuciones particulares de herencia. Debe formalizarse
necesariamente en escritura pública.
Sólo se admite en Navarra, Vizcaya, Aragón, Baleares , Galicia y Cataluña.
Por tanto, solamente podrán otorgar Pactos Sucesorios válidos las personas
que tengan vecindad civil en alguno de los citados territorios. Para adquirir
la vecindad civil no basta con residir en un territorio, hay que permanecer
allí durante 2 años y declarar expresamente la voluntad de acogerse a esta
vecindad; o bien residir durante más de 10 años, sin necesidad de efectuar
ninguna manifestación.
Los
pactos sucesorios, son un instrumento que sirve no sólo para nombrar heredero,
sino para hacer atribuciones particulares de concretos bienes de la herencia a
determinados beneficiarios y, asimismo, permiten establecer a los favorecidos:
1. Cargas como la de cuidar y
atender a alguno de los otorgantes o de terceros o asumir la obligación de
ostentar el cargo de administrador en la empresa familiar,
1. Determinada finalidad, como puede
ser el mantenimiento y continuidad de una empresa familiar o la transmisión
indivisa de un establecimiento profesional.
Del mismo
modo, los pactos sucesorios son eficaces para
prever que los integrantes de las segundas generaciones accedan a la empresa
familiar a través de los pactos sucesorios que, en su caso, puedan firmar los
hijos de los fundadores de la empresa familiar o para prever que en situaciones
de crisis matrimonial sólo los hijos comunes de ambos lleguen a adquirir las
acciones de la sociedad. De esta forma se garantiza que los hijos que puedan
tener por separado los ex cónyuges no tengan acceso a la empresa familiar.
En
consecuencia, los pactos sucesorios son un
valioso instrumento a tener en cuenta para regular la sucesión de la empresa
familiar y, por ello, es preciso que se asesore con un profesional para
prefijar el destino de sus bienes y la continuidad del negocio.
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