La
reciente sentencia del Tribunal Supremo rectifica el criterio de la Inspección
de Trabajo, que obligaba al registro diario de la jornada de todos los
trabajadores.
Sin
embargo, el registro de jornada sigue siendo obligatorio en varios casos.
La
Inspeccion de Trabajo continua exigiendo después de la
Sentencia del Tribunal Supremo y hasta que no haya una modificación legislativa,
el registro de la jornada en los siguientes casos:
- Es
obligatorio registrar la jornada de los empleados contratados a tiempo
parcial.
- Es
obligatorio llevar el registro pormenorizado de las horas extras
realizadas.
- Si se han
realizado horas extraordinarias, al final de mes es obligatorio que la
empresa lo comunique al trabajador y a los representantes de los
trabajadores.
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