¿Qué es el código LEI?

El código LEI es un  código global alfanumérico de 20 caracteres concebido en particular para aquellas organizaciones que son parte de un contrato financiero ya que identifica unívocamente a las entidades legales.
Es único, permanente, consistente y portable por cada entidad. El formato del estándar internacional LEI está basado en las especificaciones proporcionadas por la norma ISO 17442 y sigue el siguiente patrón:
Prefijo; Dígitos Reservados; Código alfanumérico aleatorio; Dígitos de control -> 9598 (*) 00 N60CEGKTATBG 90
(*) 9598 es el prefijo asignado al LOU español por el Regulatory Oversight Committee (ROC), que consta de más de 50 reguladores financieros de todo el mundo y una gran variedad de organizaciones del sector público y que se encarga de la supervisión del sistema LEI.
Cada Registro LEI contiene la siguiente información sobre la entidad:
·         Nombre oficial
·         Domicilio legal
·         Domicilio real de la sede principal de la entidad
·         País / región de jurisdicción legal
·         Forma social
·         Número en el Registro de entidades y nombre del Registro
·         Código LEI del LOU responsable del Registro LEI de la entidad
·         Fecha de registro inicial del LEI
·         Fecha de la última actualización de datos
·         Fecha y motivo de terminación del LEI

¿Quiénes tienen que tener el LEI?

Todas las personas jurídicas que participan en los mercados financieros deberán facilitar su LEI a las empresas de servicios de inversión y las entidades de crédito que ejecuten transacciones sobre instrumentos financieros para que éstas puedan identificarles antes de ejecutar las operaciones. Si el cliente no facilita su LEI, no se podrán ejecutar las operaciones instruidas.
En este momento, todas las empresas que participan en el comercio de derivados necesitan un LEI. Los primeros destinatarios son las entidades financieras:
· Bancos y compañías financieras: Por supuesto, existirá un código LEI de Bankinter, Banco Santander, BBVA, Bankia, Banco Sabadell, La Caixa, etc.
· Entidades que emiten acciones, deuda o valores para otras estructuras de capital
· Entidades que coticen en bolsa
· Entidades que comercien acciones o deuda
· Medios de inversión, incluyendo fondos de inversión, fondos de pensiones y medios de inversión alternativos constituidos como entidades corporativas o acuerdos de inversión colectiva (fondos paraguas, fondos de cobertura, capital de riesgo, etc.)
· Entidades bajo la supervisión de un regulador financiero y sus afiliadas, filiales y sociedades cartera
· Entidades de contrapartida para transacciones financieras
Actualmente, a privados y sucursales no se les puede asignar un código LEI.
¿Quiénes intervienen en el sistema LEI?
El Sistema Global LEI (GLEIS) es un sistema internacional con una organización federal que está guiado por la Fundación Global LEI (GLEIF), creada en junio de 2014 como centro administrativo de GLEIS.
·         Global Legal Entity Identifier Foundation (GLEIF): fundación sin ánimo de lucro designada como Unidad Operativa Central (COU) y sobre la que recae el encargo de gestionar el sistema. Es la responsable de asegurar la aplicación de estándares operativos uniformes, la implantación y uso del LEI en línea con los principios acordados y de promover su progresiva adopción en el mercado.
·         Regulatory Oversight Committee (ROC): se  encarga de la supervisión del sistema.
·         Central Operating Unit (COU): gestiona el sistema bajo la supervisión del ROC y es la responsable de la aplicación de normas uniformes a nivel mundial y de coordinar y supervisar las acciones de las LOU y sus interrelaciones.
·         Local Operating Units (LOU): son las entidades públicas o privadas que implantarán el LEI a nivel local. Se encargan de proporcionar el identificador a las entidades que lo soliciten y de actuar como registro de la información de referencia que acompaña a dicho código.
¿Cuándo hay que tener el LEI?
Las personas jurídicas que necesiten el LEI para ejecutar sus operaciones tendrán que haber realizado todos los trámites necesarios para obtenerlo teniendo en cuenta dos fechas clave (desde las cuales es obligatorio):
1 de noviembre de 2017, los clientes que operen con derivados (ya sean de mercado organizado u OTCs) y con seguros de cambio: cuentas 49 y 89.
3 de enero de 2018, los clientes que operen con renta variable (ej. acciones, ETFs, warrants) y renta fija (ej. bonos, pagarés, etc): cuentas 01 y 47.
Código LEI en el Registro Mercantil
En España, en el Colegio del Registro Mercantil, aunque también puede obtenerse en otras instituciones ratificadas o acreditadas en el GLEIF.
Código LEI Coste:
·         Emisión inicial del código LEI: 100 euros + IVA.
·         Renovación anual del código LEI: 50 euros + IVA
Plazo máximo de obtención: 15 días hábiles.
Validez del código: durante un año a partir de la fecha de emisión o de la fecha de la última renovación. Si no se solicita la renovación, el código LEI caduca.
Consultar y conocer los códigos LEI de empresas
Los códigos LEI y sus datos asociados emitidos por el LOU español pueden ser consultados de forma gratuita en la web del ilustre colegio Registradores de España, en la opción “Búsqueda LEI”. Los códigos emitidos por LOU extranjeros están disponibles en la web Global Legal Entity Identifier Foundation

Fuente : blog.bankinter.com


El domicilio fiscal

1. El domicilio fiscal es el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria.

2. El domicilio fiscal será:


·                     a) Para las personas físicas, el lugar donde tengan su residencia habitual. No obstante, para las personas físicas que desarrollen principalmente actividades económicas, en los términos que reglamentariamente se determinen, la Administración tributaria podrá considerar como domicilio fiscal el lugar donde esté efectivamente centralizada la gestión administrativa y la dirección de las actividades desarrolladas. Si no pudiera establecerse dicho lugar, prevalecerá aquel donde radique el mayor valor del inmovilizado en el que se realicen las actividades económicas.
·                     b) Para las personas jurídicas, su domicilio social, siempre que en él esté efectivamente centralizada su gestión administrativa y la dirección de sus negocios. En otro caso, se atenderá al lugar en el que se lleve a cabo dicha gestión o dirección.


Cuando no pueda determinarse el lugar del domicilio fiscal de acuerdo con los criterios anteriores prevalecerá aquel donde radique el mayor valor del inmovilizado”.

En caso de dudas consulte con su asesor.


Si eres el Director-Gerente de una Pyme


¿ Conoces la situación económica de tu empresa y por qué se encuentra así ?

¿Tienes una gestión para ahorrar u optimizar los impuestos dentro de la normativa ?

¿Te gustaría fijar tus objetivos y analizar después su evolución ?

Dispones mensualmente de indicadores clave de tu actividad no financieros ?


Té relación y negociación con los Bancos es la correcta ?


Consultamos y pregúntanos por nuestro servicio de apoyo a las pymes.

Aportamos la figura del controller dentro de nuestro servicio


                                                   
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HUELGA GENERAL DEL 3 DE OCTUBRE DE 2017- Efectos económicos de la Huelga

Ante la convocatoria de huelga general para la jornada de mañana, 3 de octubre de 2017, adjuntamos resumen de los efectos económicos de la misma, tanto para trabajadores como para las empresas que ha preparado de urgencia nuestro departamento laboral.


HUELGA GENERAL DEL 3 DE OCTUBRE DE 2017

EFECTOS ECONÓMICOS DE LA HUELGA (trabajadores y empresas)

1) POR DECISIÓN DEL TRABAJADORES:

Sobre el SALARIO:
Aquellos trabajadores que libremente ejerzan el derecho a huelga, por norma, se les podrá descontar el día de salario. Sin embargo, el día de ausencia no puede ser computado como absentismo injustificado. No obstante, si se tendrá cuidado como ausencia para aquellas empresas que instrumentalizan un despido fundamentado en el Art.52.c del Estatuto de los trabajadores (despido objetivo por faltas reiteradas de asistencia al centro de trabajo).

En cuanto a la Seguridad Social:
El ejercicio del derecho de huelga o cierre patronal tiene unos efectos en cuanto a la Seguridad Social, que derivan de la situación de alta especial, en la que queda el trabajador para el mero hecho del conflicto. Estos efectos son los siguientes:
En cuanto a la cotización: Se suspende la obligación de cotizar, tanto para el empresario como para el trabajador. La empresa comunicará esta circunstancia a la Tesorería General de la Seguridad Social.

2) POR DECISIÓN DE LA EMPRESA:

En caso de que la misma empresa decida cerrar el centro de trabajo para secundar la huelga general, los trabajadores no se verán mermados ni en salario ni en derecho a la seguridad social, dado que la imposibilidad de poder prestar servicio por los mismos trabajadores en el centro de trabajo es por decisión unilateral de la empresa, inhabilita la operatividad de ejercer derecho a huelga, ya que éste ha sido subsumido por la propia organización.


El miércoles día 4 deberán informarnos a la asesoría  laboral@tuasesor.net que ha sucedido en su empresa a los efectos de nómina y Seguridad Social si fuere el punto 1.

La Dirección financiera externa para las pymes

¿Qué es un Director Financiero?
Algunos suelen contestar , que es algún tipo de contable cualificado, o simplemente el responsable de la administración de una empresa.
Es en las compañías de cierto tamaño, donde más existe esta figura porque las pequeñas y medianas empresas no pueden permitirse el elevado coste de un profesional de este perfil, el Director Financiero (también llamado CFO, Chief Financial officer), es quien estudia ,propone a la Dirección,las decisiones estratégicas de ámbito financiero, apoyándose siempre en la información, principalmente la  contable, que le proporcionan sus equipos.
Su trabajo consiste en encontrar soluciones más eficientes y rentables para el negocio, a la vez que se suele encargar de las relaciones con los bancos, los auditores externos o los profesionales de la asesoría fiscal y también ayuda ante los representantes del fisco (principalmente en casos de inspección).
Pero el  coste salarial de este empleado suele ser elevado y son pocas las pymes que lo tienen en sus plantillas: un Director Financiero aportaría valor a las empresas de pequeño tamaño. Hoy la Dirección y la negociación con las entidades financieras requiere de la ayuda de profesionales expertos en la Dirección financiera.  El perfil de ese profesional suele estar asociado a un nivel de remuneración que no encaja con una pequeña estructura. Además, una empresa de pequeño tamaño no generará trabajo suficiente para ocupar la jornada completa de un director financiero, por lo que acabará realizando otras funciones más administrativas o de menor valor añadido.

Habitualmente las pymes acuden a otros perfiles, en la mayoría de casos, conocidos , familiares o amigos, pero que no pueden dar soluciones de conjunto a la empresa porque sus conocimientos no suelen estar actualizados y carecen de la especialización necesaria y no son de gran ayuda , especialmente cuando se quiere planificar el crecimiento a largo plazo, maximizar rentabilidades, negociar con bancos, o solucionar problemas económicos y financieros en momentos difíciles.

Es muchísimo lo que un Director Financiero puede aportar a una Pyme. Su experiencia es clave para diseñar una estrategia financiera, planificar correctamente los recursos y posteriormente evaluar su seguimiento de forma que se puedan tomar decisiones a tiempo. Es el que mejor puede dar una visión general de la empresa, aportar soluciones prácticas dentro de un plan de crecimiento programado, proponer la reducción de costes de producción, liderar la negociación profesional con bancos y entidades financieras, y la optimización de la tesorería y de otros activos.
¿Cómo puede conseguir una Pyme estos servicios, a un coste proporcionado?
Externalizando este servicio ,a través de un Director Financiero Externo.
En que consiste , la solución para las PYMES que ofrecemos desde PIERA ASESORIAS Y SERVICIOS S.L.

Tenga un  Director Financiero Externo en su empresa.
La principal ventaja del Director Financiero Externo para la pyme es que éste ajustará su trabajo a las necesidades, tamaño y circunstancias de la empresa, con unos costes proporcionales a esa dedicación. De forma que el beneficio sea claramente mayor que el coste de ese profesional. Este coste es variable y no tiene riesgo laboral alguno al tratarse de un profesional externo , por lo que es asequible a cualquier tamaño y fase de crecimiento de cada empresa.
Es un servicio externo y flexible, regulado mediante un contrato de prestación de servicios profesionales que se podrá ir adaptando a los cambios en la Pyme y en sus necesidades.
El servicio se puede prestar en las mismas instalaciones de la PYME, o en el lugar que el cliente  estime más adecuado.
Un profesional que actúa como un Director Financiero Externo puede ser el aliado estratégico de las startups, las Pymes y los emprendedores: el apoyo que necesitan en su administración y finanzas para alcanzar el éxito. La mayoría de los CEOs y Gerentes de esas pequeñas y medianas empresas tienen demasiada carga funcional dentro de las mismas, por lo que necesitan un apoyo en el diseño de la estrategia financiera, y en su control posterior. Y por supuesto, que se les ayude en la toma de decisiones con mano experta.
Ventajas para las Pyme de un profesional que actué como  Director Financiero Externo:
·         Reduce costes: no hay contratación laboral
·         Libera recursos para que la PYME se pueda dedicar a su "core business"
·         Da acceso a un servicio experto y profesional
·         El Director Financiero Externo es conocido por las entidades financieras con las que trabaja habitualmente, facilitando la confianza y el acceso al crédito en condiciones óptimas.
·         Se puede acceder a más o menos servicios según tamaño y necesidades: flexibilidad.
·         Beneficio de una gestión económica estratégica: ¿a dónde va la empresa?
·         Permite crecer sin preocupaciones.


Consúltenos, tenemos la llave que aporta soluciones para su empresa.



PIERA ASESORIAS Y SERVICIOS S.L.
Avinguda de la Verge de Montserrat 114, 1º 1ª
08820 El Prat de Llobregat, Barcelona

Tel. 93. 379.56.62
Fax. 93 370.05.60

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piera@tuasesor.net 


Edad de jubilación parar cobrar el 100% de la pensión

Existe un régimen transitorio en la Seguridad Social por el que la edad legal de jubilación se retrasará paulatinamente hasta los 67 años en el año 2027. Sin embargo, podremos seguir jubilándonos a los 65 años si hemos cotizado un número mínimo de años. La edad de jubilación determinará la edad a partir de la que empezaremos a percibir una pensión pública.


Ver más en el siguiente enlace


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¿Por qué las pymes necesitan de una asesoría en gestión y dirección externa?

Cambios en el Entorno
En un entorno que cada vez es más volátil, gestionar un negocio cada vez se hace más complejo puesto que los cambios se suceden de una forma continua. La administración introduce cambios continuos que obligan a estar al día, la gestión laboral, contable, fiscal, financiera, el ordenamiento  jurídico-penal, la protección de datos, las marcas y la propiedad industrial, es cada vez más cambiante, es obligado estar al día y ello requiere de una constante adaptación al entorno  sin perder de vista  los objetivos de posicionarse y ser competitivos en los fines de la actividad empresarial.
El gerente de un negocio, ve como el día a día es muy variable por lo que necesita de un apoyo externo cualificado, con experiencia ,capacidad de gestión  y conocimientos .
Las empresas grandes y medianas normalmente tienen los recursos tanto materiales como humanos para poder acometer los cambios que se van sucediendo con ciertas garantías. En cambio, en las pymes, los recursos escasean y no disponen del equipo necesario, es decir, se gestiona sin tener una visión clara de dónde se quiere llegar y se deja para mañana la gestión contable correcta que permite una buena gestión financiera y tributaria; falta el consejo y la experiencia profesional necesaria para anticiparse , resolver y gestionar los problemas tanto a corto, a largo y medio plazo.
Ante esta situación, consideramos que es recomendable poder contar con la colaboración de un asesor externo experto en gestión de empresas que de manera externa pueda ayudar a gestionar y  asesorar a la dirección de la  pyme.
 ¿Qué aporta el asesor externo?
En primer lugar, un profesional externo debe aportar “aire fresco” al gerente del negocio, conocimientos y una visión profesional de la gestión de la empresa, soluciones para la posible externalización del  departamento contable, laboral, fiscal, financiero  etc. que en muchos casos exigen formación continua para estar siempre  al día , la externalización de por si significa un importante ahorro de costes internos .
Normalmente el directivo de la pyme se encuentra con una visión a corto plazo, y la Asesoria externa facilita el poder  trabajar el día a día con una visión del negocio más a medio plazo .

¿Quiénes somos y que podemos ofrecerle ?                                                        
                PIERA ASESORÍAS Y SERVICIOS, es empresa de gestión y  asesoramiento multidisciplinar, con experiencia de más de 35 años en el servicio de gestión y Asesoria empresarial
                PIERA ASESORÍAS Y SERVICIOS ofrece, entre otros, los siguientes servicios de gestión administrativa de empresas:

-Laboral, confección de nóminas ,boletines de cotización, aplicación de cualquier Convenio Colectivo vigente en territorio del Estado Español, así como de las normas legales y reglamentarias de ámbito general.
-Fiscal, seguimiento preparación ,liquidación y presentación de impuestos
-Contabilidad, apoyo al departamento contable y externalización  si fuese necesario para que su contabilidad siempre este al día al día.
-Financiero- apoyo externo, negociación con entidades bancarias
Gestión telemática .
Protección de Datos
Patentes y marcas
Mercantil
constitución  y seguimiento de sociedades ,asistencia Juntas , Consejos de administración, administradores  etc.
Asesoria Jurídica : Un amplio equipo de abogados para atender sus necesidades.


                El servicio de externalización de la gestión administrativa empresarial ( laboral, fiscal ,contable ) que ofrecemos (Outsourcing), supone evidentes ventajas para la empresa; a saber:

                Ahorro en costes, tanto en nómina de personal necesario para la implementación de tales tareas, como en la obtención y mantenimiento de las herramientas y material precisos para su consecución: hardware, software, servicio técnico, actualizaciones de aplicaciones, etc.

                Confidencialidad en información sensible para la empresa: evitar la publicidad no deseada en materia de retribuciones (de administración o alta dirección) o de prestación de servicios de profesionales diversos, etc.

                Recursos tecnológicos: Ofrecemos a nuestros clientes las aplicaciones informáticas (telemáticas y, en su caso, ofimáticas) necesarias para garantizar una  comunicación de alta calidad, constante y segura, utilizando la plataforma universal Internet. Para ello no hemos escatimado esfuerzos en disponer desde época temprana las herramientas tecnológicas más modernas y para estar presentes en los medios que nos ofrece la nueva sociedad de la información.

                Actualidad legal: Parte inherente al servicio prestado lo es la constante actualización del mismo a los requisitos legales, reglamentarios y convencionales que le son de aplicación (Leyes, Decretos, Convenios Colectivos,...). Disponemos de los medios de información (Boletines oficiales, jurisprudencia, foros especializados,...) y de la capacidad profesional suficientes para garantizar la actualidad legal del servicio prestado.
           
                Garantía de calidad en la gestión administrativa: El mayor activo de PIERA ASESORÍAS Y SERVICIOS, es el humano. Profesionales y expertos que, en conjunto, aportan una experiencia de más de 25 años dedicados a la gestión administrativa integral para empresas. Todo ello nos permite dar un plus de calidad en nuestro servicio.

Dónde estamos ?    http://www.tuasesor.net/?opcion=3 


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