La factura electrónica obligatoria a partir del 15 de enero de 2015 si Ud. es proveedor de bienes o servicios a las Administraciones públicas

A partir del 15 de enero de 2015  las facturas dirigidas a las Administraciones Públicas deberán ser electrónicas .


 Las facturas, en general, y las facturas electrónicas, en particular,  están reguladas por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Este Reglamento establece las normas que deben cumplir obligatoriamente las facturas, tanto en papel como electrónicas.




Si usted es proveedor de bienes o servicios a las Administraciones Públicas, en este enlace obtendrá  información sobre cómo cumplir la obligación de expedir facturas electrónicas en las relaciones contractuales con las Administraciones Públicas. 

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