A partir del 15 de enero de 2015 las facturas dirigidas a las Administraciones Públicas deberán ser electrónicas .
Las
facturas, en general, y las facturas electrónicas, en particular, están
reguladas por el Real Decreto 1619/2012, de 30
de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que
se regulan las obligaciones de facturación. Este Reglamento establece las
normas que deben cumplir obligatoriamente las facturas, tanto en papel como
electrónicas.
Si usted es proveedor de
bienes o servicios a las Administraciones Públicas, en este enlace obtendrá información sobre cómo cumplir la obligación
de expedir facturas electrónicas en las relaciones contractuales con las
Administraciones Públicas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario