La reforma del IRPF, implica una rebaja generalizada de las retenciones de los profesionales . De hecho,
el tipo de retención del autónomo profesional con rentas inferiores a 15.000
euros anuales ya se redujo del 21% al 15%, ( Ley 35/2006, Art 101 y Disposición
transitoria 31.2.)
A partir del año 2015, la retención sufrirá dos rebajas consecutivas: en
2015 se reducirá del 21% al 19% , mientras que en el año 2016 disminuirá hasta
el 18%. ( Ley 35/2006 Art. 101 y Disposición transitoria 31.2.)
Los profesionales que inicien actividades en el periodo impositivo y en los
dos siguientes, siempre y cuando no hubieran ejercicio actividad profesional
alguna en el año anterior a la fecha de inicio (Ley 35/2006 Art.101 y
Disposición transitoria 31.2.) aplicaran en el ejercicio 2015 y 2016 el tipo
reducido del 9%
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