El Gobierno ha decidido congelar para este año el
salario mínimo interprofesional (SMI) y también el Indicador Público de Rentas
con Efectos Múltiples (Iprem), que sirve de referencia para ayudas, becas,
subvenciones o el subsidio de desempleo, entre otros.
El salario mínimo se mantendrá este año en 21,51 euros al día o 645,30 euros al mes y en
cómputo anual, en ningún caso por debajo de los 9.034,20 euros.
Ya es el segundo año, tras el de 2012, en que el salario mínimo
se congela desde el estallido de la crisis.
Por su parte, el Iprem se mantiene este año en 532,51 euros mensuales (6.390,13 euros al año en doce pagas o 7.455,14 euros al año en catorce pagas). Con la congelación de este año, el Iprem lleva ya cuatro ejercicios sin moverse.
Por su parte, el Iprem se mantiene este año en 532,51 euros mensuales (6.390,13 euros al año en doce pagas o 7.455,14 euros al año en catorce pagas). Con la congelación de este año, el Iprem lleva ya cuatro ejercicios sin moverse.
SUBE LA BASE MÍNIMA EN
EL RETA.
A partir de hoy, 1 de enero, se
incrementa un 2% la base mínima de cotización en el Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos (RETA), hasta
los 875,70 euros mensuales, Más del 80% de los autónomos cotizan
actualmente por la base mínima.
En el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos (RETA) de la Seguridad Social
la base máxima de cotización para 2014 será de 3.597 euros mensuales, igual que en el Régimen General.
La base de cotización de los autónomos
que a fecha de hoy tengan menos de 47 años podrá ser elegida entre la base mínima
y la máxima (875,70 euros a 3.597). También podrán elegir su base, dentro de
esa escala, las personas que se den de alta en el RETA y quienes a esa fecha
tengan 47 años y su última base de cotización (diciembre de 2013) se hubiera
situado en una cuantía igual o superior a 1.888,80 euros.
Los autónomos que a fecha de hoy tengan
47 años, con una base de cotización inferior a 1.888,8 euros mensuales, no
podrán elegir una base superior a los 1.926,60 euros mensuales, salvo que
ejerciten tal opción antes del 30 de junio de 2014, con efectos a partir del 1
de julio de ese año.
Por su parte, la base de cotización de
los autónomos que tengan a fecha de hoy 48 o más años cumplidos estará
comprendida entre 944,40 euros y 1.926,60 euros mensuales, salvo algún caso
excepcional.
Los autónomos que antes de los 50 años
hubieran cotizado a cualquier régimen de la Seguridad Social por espacio de
cinco años o más tendrán que cotizar por una base comprendida entre los 875,70
euros y 1.926,60 euros al mes si su última base de cotización hubiera sido igual
o inferior a 1.888,8 euros. Si superara esa cantidad, tendrán que cotizar por
entre 875,70 euros mensuales y el importe de aquella, incrementado en un 5%,
pudiendo optar, en caso de no alcanzarse, por una base de hasta 1.926,6 euros
mensuales.
Para ampliar esta información, visítenos en nuestro despacho
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