La Inspección de
Trabajo y Seguridad Social del Ministerio de Empleo ha decidido extremar los
controles sobre el horario laboral, poniendo especial énfasis en la retribución
de las horas extras..
La Inspección ha emitido la instrucción 3/2016 con la que decide intensificar el control del cumplimiento de la normativa del tiempo de trabajo, en particular sobre el respeto de la jornada máxima, las horas extraordinarias y sobre la correcta compensación y cotización, en caso de que se realicen.
La Inspección ha emitido la instrucción 3/2016 con la que decide intensificar el control del cumplimiento de la normativa del tiempo de trabajo, en particular sobre el respeto de la jornada máxima, las horas extraordinarias y sobre la correcta compensación y cotización, en caso de que se realicen.
En
el argumenta río de la orden, la Inspección considera que “no es admisible que, con la
invocación de la flexibilidad horaria que brindan las normas laborales, puedan
perjudicarse los derechos de los trabajadores y se altere el equilibrio
contractual mediante la prolongación indebida de la jornada laboral”.
Según
lo ordenado en esta instrucción, este mayor control se está produciendo ya
actualmente en los sectores de banca, industria manufacturera, comercio,
reparación de vehículos, actividades sanitarias y servicios sociales y
actividades financieras y de seguros y continuara a las restantes.
Aconsejamos a las empresas
extremen al máximo el cumplimiento de la vigente normativa sobre jornada de
trabajo y retribuciones y que en caso de duda acudan a su asesorConsultenos www.asesoriapiera.com
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