RÉGIMEN DE MÓDULOS 2017- LÍMITES EXCLUYENTES

La Orden HFP/1823/2016, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2017 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
No podrán aplicar este sistema, las actividades o sectores de actividad que superen las siguientes magnitudes:
1. El volumen de ingresos en el año inmediato anterior para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales, supere los 250.000 euros anuales. (A partir de 2018, el límite se establece en los 150.000 €/anuales )
Se computará la totalidad de las operaciones con independencia de que exista o no obligación de expedir factura de acuerdo con el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (RD 1619/2012)
Sin perjuicio del límite anterior, el método de estimación objetiva no podrá aplicarse cuando el volumen de los rendimientos íntegros que corresponda a operaciones por las que estén obligados a expedir factura cuando el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal, supere 125.000 euros anuales. (A partir de 2018, el límite se establece en los 75.000 €/anuales)
2. El volumen de ingresos en el año inmediato anterior para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas supere los 250.000 euros anuales de volumen de ingresos en las siguientes actividades:
Sólo se computarán las operaciones que deban anotarse en el Libro registro de ventas o ingresos previsto en el art.68.7 del Reglamento del IRPF, o en los libros registro previstos en el tercer párrafo del art.40.1 y 47.1 del Reglamento del IVA.
3. El volumen de compras en bienes y servicios en el ejercicio anterior supere los 250.000 euros anuales para el conjunto de todas las actividades económicas desarrolladas. Dentro de este límite se tendrán en cuenta las obras y servicios subcontratados y se excluirán las adquisiciones de inmovilizado. (A partir de 2018, el límite se establece en los 150.000 €/anuales)
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